Una visión enfocada a la electromovilidad sustentable

Venta de Energía

Regulaciones vigentes

Para considerar una venta de energía primero debemos considerar las regulaciones vigentes, elegir el sitio y considerar que la venta es posible dentro de un predio propietarios con instalaciones a nombre de la entidad legal que va a facturar.

Medición integrada

Para esto es indispensable, en el tema de carga de vehículos eléctricos, el contar con cargadores que cuenten con medición integrada.

Software de gestión

También se debe contar con un software (preferentemente) donde se gestione de manera adecuada el consumo de 1 o mas cargadores para habilitar el registro de consumos, usualmente este software es de renta o adquisición con el fabricante del cargador, aunque hay algunos de nuevas empresas terceras que proveen el servicio, mas no todos los cargadores son compatibles en sistemas de terceros.

Cobros a terceros

También debemos considerar que la Ley Industrial Eléctrica vigente desde 2018 y modificada en 2022 dicta unos parámetros en artículo 46 donde permite realizar cobro de energía a un tercero, para la reventa de electricidad hacia un privado estando al corriente en nuestros pagos y usando la energía de la red distribuida de la CFE ocupando nuestra infraestructura.

Comunicación digital

Posteriormente el cargador debe contar con comunicación hacia un sistema digital que emita la contabilización y procese la información para poder indicar la cantidad de energía suministrada.

Software de reconocimiento

Finalmente, y la parte importante, contar con un sistema ligado al software que permita el reconocimiento y clasificación de clientes consumidores para liberación de energía, registro de su usuario para consumo y nos permita el cobro de montos hacia una tarjeta de crédito, un sistema de cobro por aplicación o directamente en una terminal bancaria asociada en el sitio que emita cobro en el punto de energización de vehículos.

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